España: vence el plazo para alegar contra la suspensión del voto de nacionales por la ‘ley de nietos’
Con la finalización del plazo de alegaciones ante el Supremo, más de 163.000 ciudadanos nacionalizados quedan expuestos a no votar en las elecciones del 29 de noviembre; fiscales y asociaciones denuncian posibles violaciones a derechos básicos.
El Tribunal Supremo de España fijó un plazo de cinco días para formular alegaciones contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los nacionales nacidos fuera de España, medida conocida popularmente como la ‘ley de nietos’. Ese periodo venció este jueves, sin que el alto tribunal cerrara aún el caso.
Más de 163.000 personas quedaron afectadas por la resolución y podrían quedar sin poder votar en las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. La medida recae directamente sobre quienes figuran en el registro de residentes en el exterior (CERA).
Al menos un despacho de abogados presentó gestiones para que la corte tome la personación de tres de los afectados, mientras el expediente avanza. En paralelo, el Supremo no entregó datos oficiales sobre cuántos ingresaron alegaciones.
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, había reclamado ante la Constitucional que decretara de forma urgente la nulidad de los autos que ratificaron la paralización del voto, pero esa petición fue desestimada por considerar prematuro el trámite, según el tribunal.
El Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Ce.DEU) sostuvo que la decisión viola el principio de igualdad y genera discriminación frente a otros colectivos que obtuvieron la nacionalidad por distintas vías, como sefardíes o brigadistas internacionales, y pidió la nulidad de la resolución para restituir el derecho al sufragio.
Un letrado de ese despacho señaló que el derecho al sufragio activo es un derecho fundamental que no puede suspenderse por una resolución judicial, y advirtió que mantener la paralización podría afectar la igualdad ante la ley de cientos de ciudadanos que residen fuera de España.
El Ce.DEU añadió que gestionar una cita en consulados como La Habana o Caracas puede demorar meses o años, lo que incrementa las dificultades para acreditar la descendencia y ejercer el voto. Aseguró que esa demora no se da a otros grupos favorecidos por la ley.
Desde el Supremo, también se informó que la sentencia final aún no tiene fecha y que la instancia continúa abierta a posibles movimientos judiciales. En paralelo, el Constitucional ya rechazó admitir a trámite el recurso presentado por el Defensor, lo que mantiene la discusión en curso.
La votación general en España sigue prevista para el 29 de noviembre, y el asunto de la vigencia de la participación de los nacionalizados en el exterior continúa en revisión. El fallo podría desencadenar nuevas presentaciones y definirse en instancias futuras.